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Tabla del paro 2026: cuántos meses cobras según lo cotizado

Cuánto tiempo dura tu paro según los días que hayas cotizado: tabla completa del artículo 269 de la LGSS, de 4 a 24 meses, y qué pasa con los días que te sobran.

Por 6 min de lectura

Información de carácter divulgativo basada en normativa vigente a 8 de septiembre de 2026. No constituye asesoramiento fiscal, laboral ni financiero. Para decisiones con impacto económico relevante consulta a un asesor colegiado.

Tabla del paro 2026: meses de prestación según los días cotizados

La duración del paro depende solo de los días cotizados en los últimos 6 años, no de tu sueldo. La regla: cada 180 días cotizados = 60 días de paro. El mínimo son 4 meses (con 360 días cotizados) y el máximo 24 meses (con 2.160 días o más). Los días que te sobran de un tramo se pierden.

Dos personas se quedan sin trabajo el mismo día. Una ha cotizado 1.070 días y la otra 1.080. Diez días de diferencia. La primera cobrará el paro 10 meses; la segunda, 12. Dos meses enteros de prestación por diez días de cotización.

No es un error del sistema: la escala del paro funciona por tramos cerrados, no de forma proporcional. Vamos a ver la tabla completa y qué significa cada tramo.

La tabla completa

La escala está en el artículo 269 de la Ley General de la Seguridad Social y no ha cambiado para 2026. Se computan los días cotizados por desempleo en los últimos 6 años:

Días cotizadosDías de prestaciónMeses
360 – 5391204
540 – 7191806
720 – 8992408
900 – 1.07930010
1.080 – 1.25936012
1.260 – 1.43942014
1.440 – 1.61948016
1.620 – 1.79954018
1.800 – 1.97960020
1.980 – 2.15966022
2.160 o más72024 (máximo)

La lógica es constante: cada 180 días cotizados suman 60 días de prestación. O, si lo prefieres en años: cada año trabajado te da unos 4 meses de paro, hasta el tope de 24 meses que se alcanza con 6 años.

El detalle que cuesta dinero: los días que sobran

Es lo que menos se explica y lo que más sorprende. Los días cotizados que superan el inicio de tu tramo no se guardan.

Si accedes al paro con 1.200 días cotizados, entras en el tramo de 1.080–1.259 y cobras 360 días. Esos 120 días de más no se acumulan, no se compensan y no se reservan para una prestación futura. Se pierden.

⚠ Si estás cerca de un escalón, míralo antes de decidir nada. La diferencia entre 1.079 y 1.080 días cotizados son dos meses enteros de prestación. Si tienes margen para elegir la fecha de una baja voluntaria o el final de un contrato, conviene comprobar en qué punto de la escala estás. Puedes consultar tus días cotizados exactos en tu informe de vida laboral, que se descarga gratis en la sede electrónica de la Seguridad Social.

El requisito de entrada: 360 días

Antes de mirar la tabla hay una condición que deja fuera a mucha gente: necesitas al menos 360 días cotizados por desempleo en los últimos 6 años.

Con menos de esa cifra no hay prestación contributiva, por mucho que hayas trabajado. Es la respuesta a una de las dudas más frecuentes: con 6 meses trabajados no te corresponde paro contributivo.

Lo que sí puedes mirar en ese caso es el subsidio por cotización insuficiente, una ayuda asistencial de cuantía menor ligada al IPREM y sujeta a requisitos de rentas y responsabilidades familiares. No es lo mismo, pero no te quedas sin nada.

Qué días cuentan y cuáles no

Tres reglas que determinan tu cómputo real:

  • Solo los últimos 6 años. Lo cotizado antes de esa ventana no suma, aunque figure en tu vida laboral.
  • Los días ya consumidos en una prestación anterior no vuelven a contar. Si cobraste paro antes, esos días quedaron gastados.
  • Los días que no llegaste a usar sí se conservan, siempre que sigan dentro de la ventana de 6 años.

Por eso tu vida laboral y tus “días cotizados a efectos de desempleo” pueden no coincidir. El dato bueno es el segundo.

Tiempo parcial: mismos meses, menos dinero

Los días trabajados a jornada parcial cuentan igual para la escala de duración. Si has trabajado dos años a media jornada, tienes los mismos días cotizados que alguien a jornada completa durante dos años, y por tanto los mismos meses de prestación.

Lo que cambia es la cuantía: tu base reguladora sale de tus bases de cotización reales, que en jornada parcial son menores. Mismo tiempo cobrando, menos cada mes.

Cuánto cobrarás, que es la otra mitad

Esta tabla te dice cuánto tiempo. La cuantía es un cálculo distinto: el 70 % de tu base reguladora los primeros 180 días y el 60 % a partir del día 181, con topes según tus hijos a cargo.

Si lo que buscas es el importe, lo tienes explicado en nuestro artículo sobre cuánto se cobra de paro. Y para el cálculo con tus cifras exactas, incluidos los días de prestación que te corresponden, usa la calculadora de paro. Si además te preocupa la factura fiscal del año siguiente, en cómo tributa el paro en la Renta 2026 está el detalle: lo habitual es que el SEPE no te retenga nada de IRPF, y como habrás tenido dos pagadores el límite que te exime de declarar baja de 22.000 € a 15.876 €. Por eso la declaración suele salir a pagar.

Cuántos meses te tocan y cuándo conviene esperar

Lo primero que hay que interiorizar es que tu sueldo no pinta nada en esta cuenta: la duración depende solo de los días cotizados en los últimos 6 años.

  • Se queda: cada 180 días cotizados suman 60 días de paro. Mínimo 4 meses con 360 días; máximo 24 meses con 2.160.
  • Se queda: los días que sobran de un tramo se pierden. Estar cerca de un escalón puede valer dos meses de prestación.
  • Se queda: con menos de 360 días cotizados no hay prestación contributiva.
  • Se va (lo que este artículo no resuelve): tu cómputo exacto de días cotizados a efectos de desempleo, que depende de tu historial concreto y de prestaciones anteriores. El dato bueno lo tiene el SEPE.
  • Se va: los subsidios asistenciales (mayores de 52 años, cotización insuficiente, agotamiento de la prestación) tienen reglas de duración propias que no cubrimos aquí.

⚠ Contenido orientativo, actualizado a septiembre de 2026. La escala procede del artículo 269 de la Ley General de la Seguridad Social y puede modificarse por nueva normativa. Para tu caso concreto, consulta tus días cotizados en la sede electrónica del SEPE o de la Seguridad Social. Este artículo no sustituye el asesoramiento profesional.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos meses de paro me corresponden según lo cotizado?

La regla básica es que por cada 360 días cotizados tienes 4 meses de prestación, o dicho de otro modo, cada 180 días cotizados suman 60 días de paro. El mínimo son 4 meses (120 días de prestación) y se alcanza con 360 días cotizados. El máximo son 24 meses (720 días) y se alcanza con 2.160 días cotizados, es decir, unos 6 años. La escala completa está en el artículo 269 de la Ley General de la Seguridad Social y solo se computan los días cotizados por desempleo en los últimos 6 años.

¿Qué pasa con los días cotizados que me sobran de un tramo?

Se pierden. La escala funciona por tramos cerrados, no de forma proporcional. Si accedes al paro con 1.200 días cotizados, entras en el tramo de 1.080 a 1.259 días y cobras 360 días de prestación (12 meses); los 120 días que superan el inicio del tramo no se guardan ni se acumulan para una prestación futura. Por eso, si estás muy cerca del siguiente escalón, unos pocos días de cotización pueden suponer dos meses más de paro.

¿Cuántos días tengo que cotizar como mínimo para cobrar el paro?

Necesitas al menos 360 días cotizados por desempleo en los últimos 6 años. Con menos de esa cifra no tienes derecho a la prestación contributiva, por mucho que hayas trabajado. Si has cotizado entre 3 y 12 meses puedes mirar el subsidio por cotización insuficiente, que es una ayuda asistencial de cuantía menor ligada al IPREM y con requisitos de rentas, no la prestación contributiva.

¿Los días cotizados de hace más de 6 años cuentan para el paro?

No. Solo se computan las cotizaciones por desempleo de los últimos 6 años anteriores a la situación legal de desempleo. Tampoco cuentan los días que ya se consumieron para calcular una prestación por desempleo anterior que hayas cobrado: esos quedan gastados. Sí se conservan, en cambio, los días cotizados que no llegaron a usarse en una prestación previa, siempre que sigan dentro de la ventana de 6 años.

¿La duración del paro es la misma si trabajé a tiempo parcial?

Los días trabajados a tiempo parcial cuentan como días cotizados a efectos de la escala de duración, pero la cuantía sí se ve afectada, porque la base reguladora se calcula sobre las bases de cotización reales, que en jornada parcial son menores. Es decir, puedes tener derecho a los mismos meses de prestación que alguien a jornada completa con el mismo tiempo trabajado, pero cobrando bastante menos cada mes.